Javier Paz García
Desde el inicio de la Asamblea Constituyente el punto más conflictivo ha sido el del sistema de votación y aprobación de los artículos de la nueva CPE. La razón del conflicto radica en que el MAS – en flagrante violación de la Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente – pretende que se apruebe la nueva CPE por mayoría absoluta y no por dos tercios como manda la Ley.
Según la propuesta masista, los artículos se aprobarán por mayoría absoluta (rodillo del MAS) y solamente el texto final por 2/3. Si en la votación final no se alcanzaran los 2/3 entonces la CPE va directamente a referéndum del pueblo.
La Ley de Convocatoria en su artículo 25 dice: “La Asamblea Constituyente aprobará el texto de la nueva Constitución con dos tercios de votos de los miembros presentes de la Asamblea, en concordancia con lo establecido por el Título II de la Parte IV de la actual Constitución Política del Estado.”
Este artículo no especifica si los 2/3 se deben aplicar para el texto final o para cada artículo. Esta es una negligente omisión de quienes redactaron esta ley, omisión por la que estamos pagando caro. La falta de claridad al respecto hace posible la aprobación por 2/3 del texto final solamente, tal como pretende el MAS. Esta opción es controvertible y viola el espíritu de la ley, pero no es ilegal. Sin embargo el MAS pretende que si el texto final no logra los 2/3, que la CPE vaya directamente a un referéndum, y aquí está lo ilegal: ¡si la nueva CPE no es aprobada por 2/3, no puede ir a ningún referéndum! Si la Asamblea Constituyente no logra crear y aprobar una nueva CPE por 2/3 en los plazos establecidos por la Ley de Convocatoria, entonces la Asamblea se debe disolver y la actual CPE mantiene su vigencia. Es por ello que, bajo una cabal interpretación de la Ley de Convocatoria, no importa si se usan los 2/3 solo para el texto final o artículo por artículo, el MAS está obligado a negociar y consensuar con la oposición.
En el sistema “mixto” que el MAS pretende implantar los artículos se aprueban por mayoría absoluta y el texto final por 2/3 y si no se logran los 2/3, la CPE va a referéndum. Veamos los dos escenarios posibles bajo este sistema: en el primero el MAS aprueba toda la CPE con su mayoría y el texto final es aprobado por 2/3. En este primer escenario la CPE será hecha por el MAS e irá al referéndum. En el segundo escenario el MAS aprueba toda la CPE con su mayoría y el texto final NO es aprobado por 2/3. En este segundo escenario la CPE será hecha por el MAS e irá al referéndum. ¿Cuál es la diferencia entre los dos escenarios? Ninguna. ¿Cuál es el rol que la oposición tiene en los dos escenarios? Ninguno. Entonces, ¿cuál es la diferencia entre el sistema “mixto” del MAS y uno donde los masistas se encierren entre ellos a redactar la CPE que les de la gana? Ninguno. ¡Cuál es entonces aquella “flexibilidad” que el MAS dice tener! ¡Qué es lo que el MAS dice haber cedido sobre su posición inicial de mayoría absoluta, cuando su posición “mixta” (después de haber cedido todo lo posible, según ellos) es exactamente igual a su posición de mayoría absoluta! El sistema “mixto” del MAS no es mas que una burla, una farsa. El MAS no ha cedido ni un ápice en su posición y se ha burlado del pueblo al decir que lo ha hecho. Una mentira más, un acto más de intransigencia y totalitarismo mal disimulado.
Fayetteville, 06/12/06.
EL Deber, 30/12/06.
miércoles, 6 de diciembre de 2006
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
2 comentarios:
El artículo 71 establece que: las decisiones de la Asamblea se aprobarán, por regla general, por mayoría absoluta en comisiones y en plenaria. Aprobará por dos tercios de voto de los miembros presentes, los siguientes casos:
a) El texto final de la nueva Constitución Política presentado a la plenaria por el comité de concordancia y estilo.
b) Los artículos del proyecto de la nueva Constitución que sean observados, con la presentación de una redacción alternativa y que reúna un tercio del voto de los miembros presentes, pasarán a un segundo debate, el cual se llevará adelante una vez aprobados todos los artículos no observados. La observación de las minorías podrá darse sobre un máximo de tres artículos. Esos artículos, si no llegan a obtener dos tercios de los votos de los miembros presentes para su aprobación, en el segundo debate, serán puestos a consideración del pueblo soberano en el referéndum de aprobación de la nueva CPE.
Yo estoy de acuerdo en que se cambie la parte b, de manera que todos los articulos- no solamente 3- sean suceptibles a observacion. Y que se utilize un termino medio, es decir 7/12, para aprobar dichos articulos controversiales, pero obligatoriamente, es decir sin el recurso de pasarlo directamente a referendum.
En fin, tienes razon que el sistema mixto se inclina un poco hacia el MAS y seria bueno mejorarlo. Que opinas de mi plan?
De todas formas, si yo desconfio del MAS (y lo hago) con igual razon desconfio de Podemos y UN. TODOS son politicos, politikeros, demagogos. Lo que me parece a mi una oportunidad perdida es la participacion del pueblo en el proceso constituyente, no unicamente en la aprobacion final.
Y con su juego de 2/3, la derecha esta destruyendo nuestra posibilidad de educarnos y enriquecer el dialogo, prefiriendo una simple consigna igual de vacia que cualquier consigna izquierdista (coca no es cocaina, etc.).
Por mi, que el MAS se deje de joder con su autoritarismo, y que Podemos y UN se dejen de joder con sus dos tercios.
Por la unidad, Siete Doceavos!
Publicar un comentario